Ley de Fondos de Inversión Artículo 82 Bis
Ley de Fondos de Inversión
Artículo 82 Bis.
La Comisión otorgará a las sociedades interesadas el derecho de audiencia a que se refieren los artículos 82 y 83 a fin de que, dentro del plazo de diez días hábiles, contado a partir del día hábil siguiente a aquél en que surta efectos la notificación correspondiente, manifiesten por escrito lo que a su interés convenga y ofrezcan pruebas. La Comisión, a petición de parte, podrá ampliar por una sola ocasión este plazo, hasta por el mismo lapso, atendiendo a las circunstancias particulares del caso. Las notificaciones surtirán efectos al día hábil siguiente a aquél en que se practiquen.
Concluido el plazo a que se refiere el párrafo anterior, y en su caso el de su ampliación, la Comisión contará con un plazo de hasta sesenta días hábiles para el desahogo de las pruebas. Transcurrido el plazo para el desahogo de las pruebas, la Comisión notificará la apertura del periodo de cinco días hábiles para formular alegatos la Comisión podrá realizar dicha notificación por estrados o por cualquier otro medio, en los casos en que así lo determine. Al día hábil siguiente al vencimiento de dicho plazo se tendrá por cerrada la instrucción y la Comisión contará con un plazo que no excederá de ciento ochenta días hábiles para emitir y notificar la resolución que ponga fin al procedimiento sancionador, a que se refiere el presente artículo. La Comisión respectiva podrá realizar dicha notificación por estrados o por cualquier otro medio, que determine.
La Comisión publicará en el Diario Oficial de la Federación y en dos periódicos de amplia circulación en el país, las declaraciones de revocación a que refiere el artículo 83 de esta Ley, mismas que se deberán inscribir en el Registro Público de Comercio que corresponda al domicilio social de la sociedad de que se trate. La declaración de revocación a que se refiere el artículo 82, únicamente deberá efectuarse en el Registro Nacional por la Comisión.
Las declaraciones de revocación indicadas en el párrafo anterior, deberán inscribirse en el Registro Público de Comercio que corresponda al domicilio social de la Sociedad de que se trate, para lo cual el Registro únicamente requerirá previa notificación de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
La revocación incapacitará al fondo de inversión, a la sociedad operadora de fondos de inversión, a la sociedad distribuidora de acciones de fondos de inversión o a la sociedad valuadora de acciones de fondos de inversión de que se trate, para realizar sus actividades y operaciones a partir de la fecha en que se notifique la misma y les pondrá en estado de disolución y liquidación sin necesidad del acuerdo de la asamblea de accionistas o, en el caso de fondos de inversión sin necesidad del acuerdo del consejo de administración de la sociedad operadora de fondos de inversión que les preste sus servicios, en este último caso, con relación a los supuestos a que se refiere el artículo 82 de esta Ley.
Artículo 82 Bis Ley de Fondos de Inversión
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Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
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A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?
qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
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